Guía del Pasajero

condiciones de vuelo
 
 
asistencia especial
 
 
 
 
 
 
 
condiciones sobre equipaje
 

Atención Preferente ( Ley 27408 )
LC Busre esta comprometida con la Atención Preferente, todos nuestros colaboradores que atienden al público están debidamente entrenados y capacitados para brindar una Atención Preferente ( Ley 27408 ).
Existe el procedimiento interno de la Jefatura de Servicio al Cliente ( PR JSC 002 ) el cual dispone que en los lugares de atención al público las mujeres embarazadas, las niñas, los niños, las personas adultas mayores y con discapacidad, deben ser atendidas y atendidos preferentemente.
Cualquier opinión, sugerencia o reclamo podrá ser presentada en el Reporte de Servicio del Pasajero, formato que esta a su disposición en todos nuestros counters o si lo prefiere podrá comunicarse directamente a nuestro Jefe de Servicio al Cliente ingresando aquí.