Viernes 12 de Marzo
 
 
 
 
 
 
Condiciones de Contrato del e-ticket

1. El e-ticket es personal e intransferible, cualquier cambio sólo será permitido con 24 horas de anticipación a la fecha del vuelo.
2. Este ticket tiene una validez de 6 meses a partir de la fecha de emisión.
3. LC Busre considera la emisión del ticket como “confirmado”.
4. El cargo por derecho de emisión en las oficinas de venta de LC Busre es de USD. 10.00 por boleto.
5. El pasajero que no se presente al vuelo y/o no se embarque deberá reactivar el boleto previo pago de penalidad. Para Adultos US$50.00, Niños US$25.00 e Infantes no pagan.
6. La penalidad por cambio de fecha  y/o cambio de ruta y/o cambio de vuelo para Adultos US$25.00, Niños US$12.50 e infantes no pagan.
7. LC Busre no proporciona movilidad a los PASAJEROS de la ciudad al aeropuerto ni del aeropuerto a la ciudad.
8. Todo PASAJERO deberá presentarse en el aeropuerto a más tardar con 60 minutos de anticipación a la hora de salida del vuelo. En caso incumplan ésta disposición perderán su reserva y ésta podrá ser usada por otro pasajero, sin ninguna responsabilidad u obligación de LC Busre. En todo caso EL PASAJERO que pierda el vuelo por este motivo, no tendrá derecho a reclamo alguno. Si en caso el pasajero tiene un boleto ida y vuelta, y NO se embarca en el primer tramo, el sistema automáticamente cancelará el tramo de retorno quedando en estado open y sera responsabilidad del pasajero volver a reservar su retorno.
9. LC Busre se compromete a hacer todo esfuerzo posible para transportar al pasajero y a su equipaje con razonable puntualidad. Las Horas que se indican en los itinerarios o en alguna otra publicación no están garantizadas en cuanto a su cumplimiento y no forman parte de este contrato. En caso de necesidad, el transportador, sin previo aviso, puede hacerse sustituir por otros transportadores o cambiar de material de vuelo y puede alterar u omitir paradas indicadas en el billete si fuera necesario. Los itinerarios están sujetos a cambios sin previo aviso. El transportador no asume la responsabilidad de garantizar las conexiones. LC Busre no será responsable por la demora y/o cancelaciones en la salida o llegada del vuelo producidos por casos fortuitos o fuerza mayor (Ejemplo, malas condiciones meteorológicas, o incidentes en el aeropuerto, que producidos por causas ajenas a LC Busre, alteren la normal llegada y salida de los vuelos, atentados, amenazas terroristas, accidentes, entre otros). Asimismo, al existir rutas de vuelos predeterminadas el retraso de la llegada o salida de un vuelo por causa fortuita o fuerza mayor en uno de los puntos de destino de la ruta del vuelo ocasionara por el efecto “arrastre” el retraso en la salida o llegada de los vuelos posteriores programados, no siendo responsable LC Busre por dichos retrasos.
LC Busre no realizará reembolsos por lo motivos antes descritos.
10. Cada PASAJERO tiene derecho a DIEZ kilos de equipaje en bodega y CINCO kilos de equipaje de mano. Todo exceso será admitido sólo en caso que la capacidad de la aeronave lo permita y se efectúe el pago correspondiente. LC Busre podrá inspeccionar, en presencia del PASAJERO, el contenido de su equipaje, pudiendo rechazar su transporte si aquél se opone a la inspección.
11. No está permitido registrar como equipaje los siguientes artículos: muestras, bienes frágiles, mercaderías perecibles, artefactos electrónicos, repuestos, comestibles de cualquier especie y animales. Asimismo EL PASAJERO no debe incluir en su equipaje artículos de valor (dinero, valores, alhajas, etc.) de ninguna clase, no siendo responsable LC Busre bajo ningún aspecto por la pérdida o daño causados de ese tipo de artículos de valor.
12. La entrega del equipaje se efectuará al PASAJERO contra entrega del talón correspondiente. En caso de pérdida o extravío del talón, LC Busre puede exigir la identificación de quien tenga derecho a reclamar el equipaje y diferir su entrega hasta que le sea acreditada suficientemente.
13. Reclamos: Todo reclamo referente a equipajes, deberá ser formulado obligatoriamente antes de abandonar el recinto aeroportuario a través de una “PROTESTA” (Reporte de Queja del Cliente), la cual debe constar por escrito de manera fehaciente. La falta de la PROTESTA hace improcedente toda acción administrativa o judicial contra el transportista, salvo en el caso de fraude. La responsabilidad de LC Busre queda limitada a los límites de responsabilidad establecidas en la Ley de Aeronáutica Civil del Perú y sus reglamentos, al equivalente en moneda nacional amparadas por las primas de seguros pertinentes contratados por LC Busre.
14. Quedan excluidas del transporte aéreo de acuerdo a este contrato: a) Las personas que se encuentren en evidente estado alcohólico, o bajo la influencia de drogas y otros estupefacientes o presente cualquier otra condición o estado que pudiera afectar el desarrollo normal o poner en riesgo la seguridad del vuelo. b) Las personas cuya estado físico o de salud no sea compatible con el viaje. c) Las armas, municiones, explosivos, sustancias inflamables o cualquier objeto que pueda constituir peligro para los pasajeros, carga y seguridad de vuelo. d) Las personas que transporte cualquiera de los objetos mencionados en el párrafo anterior. e) Los objetos y/o animales que causen incomodidad a los demás pasajeros o que debido a su tamaño, peso o cualquier otra característica, no sean susceptibles de transportarse en las aeronaves de LC Busre, todo ello a libre discrecionalidad de LC Busre.
15. LC Busre es responsable de los daños y prejuicios causados por muerte, lesión o daño sufrido por el PASAJERO, cuando el accidente se produzca a bordo de la aeronave y por causa imputable a la empresa, dentro de los límites de reparación establecidos por las normas vigentes. La responsabilidad de LC Busre quedará atenuada o extinguida si el daño fue causado por, o contribuyó a causarlo, la negligencia, acción u omisión indebida de EL PASAJERO. En ningún caso, LC Busre tendrá responsabilidad por daños y prejuicios producidos por caso fortuito o fuerza mayor.
16. LC Busre no se hace responsable de la salud y del estado físico, mental y moral de los PASAJEROS que viajen en sus aeronaves, ni por cualquier trastorno o accidente que pudiera sobrevenirlas como consecuencia de dicho estado.
17. El piloto, conforme lo permiten las normas nacionales y convenios internacionales, podrá a su criterio y justificadamente desembarcar a cualquier PASAJERO en determinado lugar antes del vuelo o habiendo empezado el mismo. 
18. LC Busre podrá hacer uso de aeronaves de otros transportadores de aviación a fin de cumplir con el transporte aéreo contratado.
19. Las partes involucradas en este contrato de transporte en todo lo relacionado con las responsabilidades del transportador y otras materias relativas a este contrato están sujetos a las leyes del Perú y en particular a la Ley de Aeronáutica Civil del Perú N° 27261 y su Reglamento y se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales peruanos.